dc.description.abstract | El presente informe Final de investigación "Determinación de la Tasa de Rentabilidad Neta
Real del Fondo Privado de Pensiones en el Perú: 2000-2010", es una investigación
descriptiva-aplicativa, que resume Ias diferentes metodologías en tomo a la determinación de la rentabilidad neta real o neta de comisiones de los fondos privados de pensiones, y además establece la importancia que tiene dicha rentabilidad, en la determinación futura de la pensión de los afiliados cuando pasen la fase de la jubilación.
La Superintendencia de Banca y Seguros, así como las diferentes instituciones administradoras de fondos privados de pensiones, generalmente publican periódicamente tasas de rentabilidad nominal y real, en base las variaciones de1os valores -cuotas, y sobre Ia base de las aportaciones al fondo de capitalización de los afiliados, es decir sin tener en consideración Ios pagos por comisión de administración y prima de seguro. En este sentido la rentabilidad determinada, no resulta ser neta de comisiones, más aun si se tiene en consideración que las AFP en el Perú, cobran porcentajes de comisión por encima del promedio latinoamericano.
Existen alterativas metodológicas, para determinar Ia rentabilidad neta de comisiones de los fondos privados de pensiones, que la misma SBS recomienda, pero que en la práctica no Ias difunden con la importancia debida, inclusive hay cálculos de dichas rentabilidades, pero que no son periódicas, y no se encuentran en las estadísticas oficiales. Así también el investigador dé la PUCP, Jorge Rojas utiliza un método alternativo, pero su estudio se dio para el periodo: 1993-2002.
En esta oportunidad vamos a presentar las alterativas de determinación de la tasa de
rentabilidad neta real o neta de comisiones, según la SBS, tales como: a) Rentabilidad Neta de Comisiones, Considerando los Pagos Efectuados-Histérica, b) Rentabilidad Neta de
Comisiones Proyectada, c) Rentabilidad Neta de Comisiones Equivalentes, y d) El Método de Cálculo de Rentabilidad Neta de los Fondos de Jorge Rojas.
Cabe precisar que en cualquiera de las alterativas presentadas, en la medida que se va determinar una rentabilidad de largo plazo, requiere como mínimo que la administradora a ser evaluada presente información continua como mínimo de 10 años. | es_PE |