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dc.contributor.advisorVilela Jiménez, Wilmer Arturo
dc.contributor.authorMarcacuzco Roca, Miguel Angel
dc.date.accessioned2020-12-27T04:29:55Z
dc.date.available2020-12-27T04:29:55Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12952/5333
dc.description.abstractEl estudio tuvo como objetivo determinar si la aplicación de la Ley N° 29482, incentivó la actividad artesanal del distrito de Hualhuas. La ley N° 29482, brinda beneficios tributarios para fortalecer las capacidades productivas buscando mejorar la cantidad y calidad, facilitando la importación de equipos. La hipótesis planteada fue: “La aplicación de la Ley de promoción para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas no ha cumplido su objetivo de incentivar la actividad artesanal” la cual fue demostrada a través de un estudio descriptivo, transversal con recojo de información primaria a través de encuestas y entrevistas personales de artesanos de Hualhuas y el recojo de información secundaria de SUNAT de una submuestra de artesanos con RUC. Se elaboró un modelo conceptual, donde se estableció 2 variables; una independiente (capacidad productiva) midiendo el posible uso de las posibilidades de modernización que la ley les facilita y una variable dependiente (Competitividad económica) entendiendo esta como el logro de mejores costos de venta, menores costos de producción y ahorro de gastos; para lo cual se usó la correlación de Spearman como estadístico para demostración de hipótesis. Los resultados encontrados, se aceptan la hipótesis general y específica, concluyendo que la Ley 29482 no promueve el desarrollo de la actividad artesanal en Hualhuas. Asimismo, se demostró que existe un divorcio entre el Estado y los artesanos, dado que los segundos consideran a la SUNAT como un ente castigador, que no brinda ningún beneficio y por el contrario incrementan los costos de venda y gastos y los exponen a multas, generando altos niveles de desconfianza hacia la SUNAT. Se concluyó que los beneficios tributarios otorgado con la ley N° 29482, no fueron suficientes para promover la actividad productividad de la artesanía y que esta ley debería formar parte de un paquete de acciones que no sólo brinden beneficios tributarios, sino, potenciar las capacitaciones, promover nuevos mercados, brindar créditos y un acercamiento de los servidores públicos hacia los artesanoses_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional del Callao
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/pe/*
dc.sourceUniversidad Nacional del Callao - Repositorio institucional - CONCYTECes_PE
dc.subjectbeneficios tributarioses_PE
dc.subjectcapacidades productivases_PE
dc.subjectzonas altoandinases_PE
dc.subjectactividad artesanales_PE
dc.titleLa exoneración tributaria de la ley de promoción para el desarrollo de actividades productivas en zonas alto andinas y su aplicación en la actividad artesanales_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.nameTesis para optar el grado académico de maestro en tributaciónes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional del Callao. Facultad de Ciencias Contableses_PE
thesis.degree.levelMaestríaes_PE
thesis.degree.disciplinemaestria en tributaciónes_PE
thesis.degree.programmaestria en tributaciónes_PE
renati.author.dni09989667
dc.publisher.countryPEes_PE


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