dc.description.abstract | La presente investigación denominada: “LA LEGISLACION, LA DOCTRINA Y LA JURISPRUDENCIA Y SU INCIDENCIA EN LA CREACION DE LOS PRINCIPIOS AMBIENTALES EN EL PERU (Período 2005-2023)”, tiene por objetivo determinar los aportes de las fuentes más importantes del derecho en la creación de los principios ambientales, como pilares fundamentales de la ciencia ambiental, como columnas vertebrales sobre los cuales descansa esta ciencia.
En este estudio destacan los conocimientos teóricos de Ronald Dworking, H.L.A. Hart, Robert Alexy, este último en el artículo hacia un concepto de los principios jurídicos, traducido del alemán por Gonzalo Villa Rosas. Y a su vez Max Valverde Soto señala en “Principios Generales de derecho Internacional del medio ambiente” que los principios y normas generales del derecho internacional ambiental surgen de los tratados, acuerdos y costumbres internacionales, y que los principios generales de derecho internacional ambiental pueden basarse en la costumbre internacional, en norma derivadas de tratados, en principios generales de derecho o con enunciados lógicos emanados de decisiones judiciales.
La presente investigación se ha desarrollado bajo el enfoque descriptivo, tomando como muestras de análisis los artículos producidos por los distintos autores tanto nacionales como internacionales, la legislación nacional, y en el caso de la jurisprudencia las resoluciones de los tribunal administrativos ambientales producidos por el Tribunal de Fiscalización ambiental, el Tribunal Nacional de Recurso Hídricos, y el Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre, y en el caso de minería las resoluciones emitidas por el Consejo de Minería de cuyos textos se desprenden los principios que cada una de dicha fuentes ha producido en lo que corresponde a los principios ambientales, de prevención, de precaución, de sostenibilidad, internacionalización de costos, de responsabilidad ambiental, de equidad, de gobernanza ambiental, cuyo análisis sintético de las fuentes en mención arroja los resultados de aportes de cada una de estas fuentes del sistema jurídico a la creación de los principios ambientales mencionados, referidos todos ellos a la materia ambiental, concluyendo que la legislación aporta por sí misma principios ambientales a la ciencia ambiental, de carácter obligatorio, y que por otra parte si bien la jurisprudencia realiza importantes avances de carácter vinculante, propios de su poder imperante, también es cierto que en tanto ésta reconozca estos principios en sus textos, y otros que vayan creando la doctrina y la misma jurisprudencia, se irán adicionando a la legislación en tanto también el legislador así los acoja normativamente, tipificándolos como tales, adquiriendo la obligatoriedad que toda norma legal tiene como característica propia de su vigencia. | es_PE |